Condenaron a 18 años a cuatro hombres por secuestrar y abusar de una joven en Once
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 22 condenó a cuatro integrantes de una misma familia por privar de la libertad y abusar sexualmente de una joven durante 48 horas en un departamento del barrio porteño de Once. El fallo también ordenó incorporar sus perfiles genéticos al registro nacional de delitos contra la integridad sexual.

Cuatro hombres fueron condenados a 18 años de prisión por secuestrar, drogar y abusar sexualmente en reiteradas oportunidades de una joven de 21 años en un departamento del barrio porteño de Once. Los acusados, conocidos como “Los Josecitos”, fueron considerados coautores de los hechos ocurridos durante abril de 2024, luego de un juicio en el que el Tribunal Oral en lo Criminal N° 22 valoró especialmente el testimonio de la víctima y el resto de las pruebas reunidas.
La sentencia contra los cuatro integrantes de la familia Acosta Chapoñan establece una pena de 18 años de prisión para Florentino Acosta Chapoñan, de 25 años; Yoel Acosta Chapoñan, de 39; Fermín Acosta Chapoñan, de 30; y Eddinson Acosta Chapoñan, de 40. Los jueces Guillermo Friele, Gabriel Nardiello y Sergio Paducza entendieron que los acusados actuaron de manera coordinada para privar de la libertad y abusar sexualmente de una joven que había concurrido a una reunión social en Once.
Además de las penas de prisión, el tribunal ordenó extraer muestras genéticas de los condenados para incorporarlas al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con Delitos contra la Integridad Sexual. La medida forma parte de las herramientas de investigación que permiten comparar perfiles obtenidos en futuras causas y aportar elementos objetivos a otras pesquisas judiciales.
Condenaron años cuatro hombres secuestrar: La condena por el secuestro y abuso de una joven en Once
De acuerdo con la investigación, la víctima llegó el domingo 13 de abril de 2024 a un departamento ubicado en la calle Larrea al 300, en el barrio de Once. Había asistido junto con un compañero de trabajo a una reunión. En el domicilio fueron recibidos por Fermín, mientras que otros integrantes del grupo ya se encontraban dentro de la vivienda.
Durante los primeros momentos de la reunión, la joven tomó una cerveza. Según la reconstrucción incluida en el expediente, luego comenzó a sentirse mareada y fue sometida a situaciones de abuso por parte de dos de los hombres. El compañero con el que había llegado se retiró del departamento, por lo que la víctima quedó en el lugar junto con los acusados y otras personas.
La fiscalía sostuvo que, aprovechando el estado de vulnerabilidad de la joven, los hombres la obligaron a consumir cocaína y la sometieron sexualmente. Parte de los hechos habría sido registrada con un teléfono celular por otro hombre que todavía no fue identificado. Esa circunstancia constituye una línea pendiente de investigación, ya que la causa podría continuar para determinar quién realizó las grabaciones y si tuvo una participación adicional.
Un pedido de auxilio publicado desde el teléfono
En medio de la situación, la víctima logró tomar su celular y publicó una historia de WhatsApp en la que advertía que podían matarla. La publicación fue vista por otro compañero de trabajo, quien logró comunicarse con ella y avisó a la Policía. Sin embargo, como no conocía la dirección exacta del departamento, los agentes no pudieron localizarla de inmediato.
La joven intentó escapar durante la mañana del domingo, pero uno de los acusados se lo impidió. La investigación describió que permaneció en el departamento durante aproximadamente 48 horas, sometida a nuevos abusos y obligada a consumir drogas. En la tarde del mismo día, además, habría escuchado la llegada de otra mujer, cuya identidad tampoco fue establecida, mientras se hablaba sobre la posibilidad de deshacerse de ella.
Cómo se produjo el rescate y qué ocurrió con los acusados
La situación comenzó a esclarecerse el lunes por la mañana, cuando la joven no se presentó a trabajar. El compañero que había estado con ella en la reunión volvió a observar el mensaje de auxilio y comunicó el caso a los agentes de la Comisaría Vecinal 3C. La Policía llegó entonces al departamento y detuvo a Florentino, quien era el único de los principales sospechosos que permanecía allí.
La detención de Yoel se concretó en mayo de 2024. Durante una rueda de reconocimiento intentó modificar su aspecto retirándose una prótesis dental, pero la víctima lo identificó como uno de los hombres que había participado en los abusos. El reconocimiento fue considerado junto con otras pruebas incorporadas durante el debate oral.
Fermín y Eddinson habían escapado a Perú después de los hechos. El primero fue detenido el 15 de junio de 2024 en el aeropuerto internacional de Lima. Eddinson, en tanto, fue apresado el 22 de octubre del mismo año. Ambos fueron extraditados a la Argentina para responder ante la Justicia porteña y participar del juicio que terminó con las cuatro condenas.
La información oficial sobre el proceso fue difundida por el sitio del Ministerio Público Fiscal, cuya publicación original puede consultarse en la cobertura periodística de Clarín sobre el caso.
La valoración judicial del testimonio de la víctima
Uno de los puntos centrales del fallo fue la valoración del relato de la joven. El juez Guillermo Friele consideró que su declaración había sido clara y contundente respecto de la privación de la libertad, los abusos sufridos y la participación de los imputados. También señaló que la víctima pudo describir la secuencia principal de los hechos y reconocer a los hombres involucrados.
La defensa había cuestionado algunas imprecisiones del relato y sostuvo que la joven había llegado voluntariamente a la reunión y consumido cocaína. Los abogados también mencionaron como atenuantes la ausencia de antecedentes penales y las responsabilidades familiares de los acusados.
El tribunal rechazó esa interpretación. En el fallo se explicó que las imprecisiones debían analizarse considerando el estado en el que se encontraba la víctima: había sido drogada contra su voluntad, violentada y sometida durante un período prolongado. Para los magistrados, esas circunstancias podían afectar determinados detalles secundarios sin invalidar el núcleo de su declaración.
El razonamiento judicial también remarca una diferencia relevante: asistir voluntariamente a una reunión o consumir una bebida no implica consentir una agresión sexual ni autoriza a otras personas a retener, drogar o someter a alguien. El consentimiento debe existir para cada acto y mantenerse durante toda la situación; cuando una persona está inconsciente, intoxicada contra su voluntad, amenazada o impedida de retirarse, no puede considerarse que exista una decisión libre.
La hipótesis de una acción coordinada
Durante su alegato, el fiscal general Marcelo Martínez Burgos describió el comportamiento de los acusados como un accionar coordinado, comparable con un guion compartido entre quienes participaron de las distintas etapas. La fiscal Mónica Cuñarro había impulsado la investigación y solicitado penas de entre 18 y 22 años de prisión luego de analizar las pruebas presentadas en el juicio.
El tribunal concluyó que los cuatro hombres tuvieron dominio de los hechos en sus etapas de ejecución y que correspondía responsabilizarlos como coautores. Esa conclusión no se basó únicamente en la presencia de los acusados dentro del departamento, sino en la valoración conjunta de los testimonios, las identificaciones, la secuencia temporal reconstruida y las circunstancias que rodearon la detención de cada uno.
Los acusados utilizaron sus últimas palabras para referirse a sus familias, sus hijos y las consecuencias personales de la condena. También negaron haber participado en los abusos o minimizaron su presencia en la reunión. Esas manifestaciones fueron consideradas dentro del proceso, pero no modificaron la conclusión alcanzada por los jueces.
Qué función cumple el registro genético en estos delitos
La incorporación de los perfiles genéticos al registro nacional tiene un objetivo que excede el expediente puntual. En las investigaciones por delitos contra la integridad sexual, los rastros biológicos pueden ser comparados con muestras obtenidas en otras causas, siempre bajo los procedimientos y controles establecidos por la Justicia.
La existencia de una base de datos permite detectar coincidencias que, de otro modo, podrían permanecer desconectadas entre sí. También puede contribuir a confirmar o descartar hipótesis, orientar nuevas líneas de investigación y evitar que una persona sea vinculada sin sustento científico. La toma de muestras no reemplaza la prueba testimonial ni el análisis judicial del caso, pero puede complementarlos.
En este expediente, la orden fue dictada después de que los cuatro hombres fueran condenados. La medida refleja la gravedad de los delitos por los que fueron responsabilizados y permite que la información genética quede disponible para eventuales cotejos con evidencia incorporada en futuras investigaciones.
La visibilidad orgánica de las noticias judiciales locales
El caso de los cuatro condenados por abuso sexual en Once también muestra por qué las noticias judiciales locales requieren precisión en nombres, fechas, organismos y estado procesal. Para lectores, familiares y empresas que siguen la actualidad porteña, no es lo mismo informar una denuncia, una detención, una acusación fiscal o una sentencia firme. Cada etapa tiene alcances diferentes y debe presentarse con el contexto correspondiente.
En términos de visibilidad orgánica, los artículos que explican con claridad esos elementos pueden responder mejor a las consultas de quienes buscan saber qué resolvió el tribunal, qué pena recibió cada acusado y cómo se desarrolló la investigación. La identificación correcta del Tribunal Oral en lo Criminal N° 22, la fiscalía interviniente y las medidas complementarias evita confusiones con otros expedientes y mejora la utilidad informativa de la cobertura.
También resulta necesario preservar la identidad de la víctima y evitar detalles innecesarios que puedan revictimizarla. Una cobertura responsable puede explicar el delito, el proceso y la sentencia sin convertir el sufrimiento en un recurso sensacionalista. Para medios, instituciones y lectores, la precisión jurídica y el cuidado en el lenguaje son parte esencial de la calidad de la información.
La sentencia establece una respuesta penal concreta frente a hechos de extrema gravedad: cuatro hombres recibieron 18 años de prisión y sus perfiles genéticos serán incorporados al registro nacional especializado. El fallo, además, deja asentado que la voluntad inicial de asistir a una reunión no elimina el delito cuando una persona es retenida, drogada y sometida sin consentimiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué condena recibieron los cuatro acusados?
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 22 condenó a Florentino, Yoel, Fermín y Eddinson Acosta Chapoñan a 18 años de prisión por privar de la libertad y abusar sexualmente de una joven durante aproximadamente 48 horas. Los jueces los consideraron coautores penalmente responsables de los hechos investigados.
¿Dónde ocurrieron los hechos?
Los hechos ocurrieron en un departamento ubicado sobre la calle Larrea al 300, en el barrio porteño de Once. La joven había concurrido allí a una reunión con un compañero de trabajo. La investigación estableció que permaneció retenida en ese lugar desde el domingo 13 de abril de 2024 hasta la mañana del lunes siguiente.
¿Por qué se ordenó tomar muestras genéticas?
El tribunal ordenó tomar muestras genéticas de los condenados para incorporarlas al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con Delitos contra la Integridad Sexual. La medida permite realizar eventuales comparaciones con evidencia biológica de otras investigaciones, según los procedimientos previstos por la normativa.
¿Qué ocurrió con los acusados que habían viajado a Perú?
Fermín y Eddinson Acosta Chapoñan viajaron a Perú después de los hechos. Fermín fue detenido en junio de 2024 en el aeropuerto internacional de Lima y Eddinson fue apresado en octubre del mismo año. Ambos fueron extraditados a la Argentina para ser juzgados junto con los otros dos acusados.
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