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Caso Bastián Escalante: Casación confirmó la culpa del policía y revisará la pena

9 min de lectura

El Tribunal de Casación Penal bonaerense mantuvo la condena contra Juan Alberto García Tonzo por la muerte de Bastián Escalante y por las lesiones provocadas durante un intento de robo, pero ordenó realizar una nueva audiencia para revisar los agravantes utilizados al fijar la pena.

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El caso Bastián Escalante tendrá una nueva instancia judicial para definir la pena de Juan Alberto García Tonzo. El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó la responsabilidad del policía por el homicidio agravado con arma de fuego del niño de 10 años y por la tentativa de homicidio con exceso en la legítima defensa contra cuatro asaltantes, pero cuestionó tres agravantes considerados para imponerle 21 años de prisión.

El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires ratificó la culpabilidad de Juan Alberto García Tonzo por el crimen de Bastián Nehemías Escalante Montoya, aunque ordenó realizar una nueva audiencia para revisar la pena. El niño, de 10 años, murió el 10 de julio de 2024 tras recibir disparos efectuados por el policía cuando regresaba de jugar al fútbol en Wilde.

La resolución fue dictada por los jueces Víctor Horacio Violini y María Florencia Budiño, integrantes de la Sala III del máximo tribunal penal bonaerense. Los magistrados revocaron de manera parcial la sentencia dictada por la jueza María Angélica Sayago del Castillo, del Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de Avellaneda, que había establecido una condena de 21 años de prisión y 10 años de inhabilitación para ejercer funciones de seguridad o utilizar armas de fuego.

La decisión no implica un nuevo juicio ni modifica los delitos por los que García Tonzo fue declarado culpable. El debate que deberá abrirse nuevamente estará concentrado en la determinación del monto de la pena y en la validez de algunos factores agravantes que habían sido utilizados para elevarla.

El caso Bastián Escalante y la secuencia del ataque en Wilde

El hecho ocurrió cerca de las 20.15, en una zona de Wilde donde funcionaban un club y una escuela ubicados a pocos metros entre sí. Bastián regresaba en bicicleta acompañado por su madre luego de participar de una actividad deportiva. En ese momento, cuatro delincuentes que circulaban en dos motos intentaron robar la Bajaj Rouser NS 200 de García Tonzo.

El policía se encontraba franco de servicio, vestido de civil y esperaba que su hijastro saliera de la escuela nocturna. Frente al intento de robo, extrajo su arma reglamentaria y efectuó varios disparos. Dos proyectiles alcanzaron al niño, que murió en el lugar o poco después como consecuencia de las heridas.

La investigación judicial determinó que la conducta del agente debía analizarse en dos planos. Por un lado, el ataque contra los motociclistas fue considerado una tentativa de homicidio con el uso de un arma y exceso en la legítima defensa. Por otro, los disparos que alcanzaron a Bastián fueron encuadrados como un homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

Del pedido de libertad inicial a la llegada del acusado al juicio

Después del crimen, García Tonzo fue detenido y liberado a los pocos días por una resolución del Juzgado de Garantías N° 2 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús. La jueza Estela del Carmen Mollo había considerado en ese momento que el episodio podía encuadrarse como un homicidio cometido en legítima defensa.

La familia de Bastián apeló esa decisión. El planteo logró que la excarcelación fuera revocada y que el policía llegara detenido al juicio. Durante el debate, un jurado popular declaró su culpabilidad por mayoría de 10 votos en el homicidio del niño. En cambio, la declaración vinculada con la tentativa de homicidio contra los cuatro asaltantes fue unánime.

La intervención del jurado popular resultó central para establecer los hechos y la responsabilidad penal. Sin embargo, la fijación concreta de la pena quedó a cargo de la jueza técnica, quien evaluó la escala prevista para los delitos y las circunstancias que podían agravar o atenuar la respuesta estatal.

Qué confirmó Casación y qué parte de la sentencia anuló

Los jueces de Casación sostuvieron los delitos por los que García Tonzo fue condenado. En consecuencia, la resolución no borra la responsabilidad por la muerte de Bastián ni la condena relacionada con los disparos efectuados durante el intento de robo.

La revisión se enfocó en tres agravantes utilizados por el tribunal oral para llegar a los 21 años de prisión. Según la Sala III, esos factores no habían sido fundamentados de una manera suficiente o no podían valorarse como agravantes independientes dentro del encuadre jurídico adoptado.

El primer punto estuvo relacionado con la edad de la víctima. La sentencia de Casación consideró que, al tratarse de un homicidio cometido con dolo eventual, la muerte ya quedaba comprendida en la figura penal aplicada y que el hecho de que Bastián fuera un niño no podía utilizarse automáticamente para aumentar la pena.

El segundo cuestionamiento se vinculó con la conducta posterior del acusado. La jueza del tribunal oral había considerado que García Tonzo no auxilió al niño y que las expresiones de arrepentimiento formuladas durante sus últimas palabras no habían resultado sinceras. Para Casación, ese comportamiento no podía incorporarse como agravante en los términos utilizados para establecer la condena.

El tercer aspecto objetado fue el uso abusivo del arma de fuego. La sentencia original había ponderado que los disparos fueron realizados en un horario de circulación de vecinos, cerca de un club y de una escuela, cuando numerosos chicos y familias se encontraban en la zona. La Sala III entendió que esa circunstancia también debía ser revisada al momento de fijar el nuevo monto de pena.

La postura de la familia y el reclamo por una pena mayor

Matías Morla, abogado de la familia de Bastián, expresó su desacuerdo con la reducción o revisión de los agravantes, aunque valoró que Casación mantuviera la condena y descartara la realización de un nuevo juicio. La querella sostiene que el policía debe recibir la pena máxima posible para los delitos por los que fue encontrado culpable, estimada por su representación en 33 años.

El abogado argumentó que durante el juicio quedó acreditado que García Tonzo disparó sin medir las consecuencias, sin considerar el lugar en el que se encontraba y sin que su vida estuviera en peligro inmediato. También cuestionó que, después del hecho, el agente no se hubiera acercado a Bastián ni hubiera asistido a la familia.

La representación de los padres señaló además que la muerte produjo consecuencias profundas en el grupo familiar. Según lo expresado por Morla, la madre dejó de trabajar y recibe tratamiento psiquiátrico, mientras que el padre sufrió ataques de pánico y continuó trabajando por ser el principal sostén económico del hogar.

El reclamo de la familia también apuntó contra la interpretación de Casación sobre el daño causado. Para la querella, las consecuencias emocionales, económicas y sociales derivadas del crimen debían ser consideradas al individualizar la pena, aunque el tribunal superior entendió que ese aspecto no había sido argumentado con suficiente precisión en la sentencia original.

El debate sobre el uso del arma reglamentaria fuera de servicio

El expediente vuelve a poner bajo análisis una cuestión frecuente en causas con integrantes de fuerzas de seguridad: el límite entre la intervención armada frente a un delito y el riesgo que generan los disparos en espacios urbanos con presencia de terceros.

García Tonzo estaba fuera de servicio y vestía de civil, pero llevaba su arma reglamentaria. El intento de robo de la motocicleta fue el contexto inmediato en el que decidió intervenir. La discusión judicial no se limita a determinar si existió una agresión inicial, sino también a establecer si la respuesta fue necesaria, proporcional y compatible con la presencia de personas ajenas al enfrentamiento.

En este caso, el jurado popular entendió que los hechos configuraban un exceso en la legítima defensa respecto de los cuatro atacantes y un homicidio agravado con arma de fuego por la muerte de Bastián. Esa diferenciación es relevante porque reconoce la existencia de un intento de robo, pero no considera que esa circunstancia justifique todos los disparos realizados durante la secuencia.

El análisis también tiene consecuencias para los protocolos de actuación de policías y otros agentes armados. En zonas cercanas a escuelas, clubes o espacios de circulación familiar, el uso del arma puede producir daños irreparables en personas que no participan del conflicto. La resolución no establece una regla general para todos los casos, pero muestra cómo la ubicación, el horario y la posibilidad de alcanzar a terceros pueden formar parte del debate sobre la responsabilidad penal.

Qué ocurrirá después del fallo del tribunal bonaerense

La decisión de Casación obliga a realizar una nueva audiencia de determinación de pena. En esa instancia, las partes podrán discutir cuáles son las circunstancias que deben ponderarse y cómo corresponde traducirlas en una sanción concreta dentro de la escala legal aplicable.

La familia podrá sostener su pedido de una pena más elevada, mientras que la defensa tendrá la posibilidad de cuestionar la valoración de los hechos y solicitar que se respete el alcance de lo resuelto por la Sala III. La nueva audiencia no debería reabrir la discusión sobre la culpabilidad establecida por el jurado, salvo que una decisión posterior habilite otro planteo dentro de los límites procesales correspondientes.

La información sobre el fallo fue publicada originalmente por Clarín. La resolución deberá ser interpretada junto con la sentencia del tribunal oral y los antecedentes del proceso, porque la revisión no equivale a una absolución ni a la anulación completa del juicio.

La revisión de la pena modifica el escenario judicial, no la condena

Desde el punto de vista jurídico, la diferencia entre confirmar la culpabilidad y revisar la pena es decisiva. García Tonzo continúa condenado por los delitos establecidos en el juicio, pero el tiempo de prisión y el alcance de las inhabilitaciones deberán ser definidos nuevamente bajo los criterios fijados por Casación.

Para la familia, el efecto práctico es que todavía no existe una definición definitiva sobre la cantidad de años que deberá cumplir. Para la defensa, en cambio, la resolución elimina o limita algunos fundamentos utilizados para alcanzar los 21 años. El resultado final dependerá de la nueva audiencia y de la forma en que el tribunal valore las circunstancias que sí permanezcan vigentes.

El caso también deja planteada una discusión sobre la respuesta armada de funcionarios fuera de servicio y sobre la responsabilidad que existe al disparar en lugares públicos. Mientras la justicia provincial prepara la instancia destinada a fijar una nueva pena, la condena por la muerte de Bastián Escalante y por los hechos vinculados con el intento de robo continúa firme en sus aspectos centrales.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Qué resolvió el Tribunal de Casación sobre Juan García Tonzo?

Casación confirmó la culpabilidad de Juan Alberto García Tonzo por el homicidio agravado con arma de fuego de Bastián Escalante y por la tentativa de homicidio con exceso en la legítima defensa contra cuatro asaltantes. Sin embargo, anuló parcialmente los fundamentos utilizados para fijar la pena y ordenó realizar una nueva audiencia.

¿La decisión implica que el policía fue absuelto?

No. La resolución no revocó la condena ni ordenó un nuevo juicio sobre los hechos principales. García Tonzo continúa condenado por los delitos establecidos durante el proceso. Lo que deberá revisarse es la cantidad de años de prisión y las consecuencias de la inhabilitación, según los criterios fijados por Casación.

¿Por qué se revisará la pena de 21 años?

Los jueces cuestionaron tres agravantes utilizados por el tribunal oral: la edad de Bastián, la conducta posterior del policía y el uso abusivo del arma en una zona con circulación de personas. Casación consideró que esos puntos no estaban suficientemente fundamentados o no podían valorarse del modo aplicado, por lo que deberán discutirse nuevamente.

¿Qué reclama la familia de Bastián Escalante?

La familia, representada por el abogado Matías Morla, sostiene que García Tonzo debe recibir la pena máxima posible para los delitos por los que fue condenado. La querella cuestiona que no haya auxiliado al niño después de los disparos y afirma que el crimen produjo consecuencias psicológicas, laborales y económicas permanentes en sus padres.

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