Saltar al contenido
Argentina miércoles 12 de agosto de 2026
9°C · Nublado
Último momento
Actualidad y Sociedad

Jubilados enfrentan un desalojo tras construir su hogar junto al lago La Plata

10 min de lectura

Sandra Morales y Rodolfo Hakl viven desde 2016 en una cabaña levantada con sus propias manos, al norte del lago La Plata, en Chubut. Una sentencia civil ordenó restituir el terreno y la pareja apeló el fallo.

Compartir

El desalojo de jubilados en Chubut pone en riesgo el hogar que Sandra Morales, de 65 años, y Rodolfo Hakl, de 67, construyeron durante una década junto al lago La Plata, en una zona cordillerana y de difícil acceso de Alto Río Senguer. La pareja sostiene que llegó con autorización para cuidar el área y que realizó tareas de mantenimiento, mientras que una sentencia civil ordenó restituir el terreno reclamado por el municipio.

La historia de Sandra Morales y Rodolfo Hakl comenzó en 2016, cuando ambos decidieron dejar José C. Paz y trasladarse a un paraje remoto del oeste de Chubut. Después de pasar durante años sus vacaciones en la Patagonia, eligieron instalarse en las cercanías del lago La Plata, al norte de Alto Río Senguer, a unos 120 kilómetros del centro urbano más próximo. Allí levantaron una cabaña, organizaron una vida austera y desarrollaron tareas vinculadas con el cuidado del entorno.

Ahora, ese proyecto enfrenta una orden judicial de restitución y desalojo. La pareja apeló la resolución y espera que la Cámara revise el caso, especialmente los argumentos relacionados con la identificación del terreno, la situación dominial y las dificultades que tuvieron para ejercer su defensa durante la primera instancia. Mientras tanto, continúan viviendo en la casa que construyeron con recursos propios y que consideran su hogar definitivo.

El desalojo de jubilados en Chubut que llegó a la Justicia civil

El conflicto tuvo dos recorridos judiciales diferentes. En el expediente penal, Sandra y Rodolfo fueron absueltos. Sin embargo, la causa civil terminó con una sentencia adversa que dispuso la restitución del inmueble y habilitó el avance de un eventual desalojo. Para la pareja, la diferencia entre ambos procesos resulta difícil de comprender y alimenta la sensación de que no pudo presentar todas las pruebas necesarias.

Según relataron, durante un período tuvieron problemas para conseguir representación legal. Más tarde recurrieron a una profesional de Sarmiento, pero aseguran que recibieron una orientación equivocada sobre la forma de contestar la demanda. La defensa sostiene que la distancia, los traslados complicados y las condiciones climáticas del invierno limitaron sus posibilidades de participar activamente del proceso.

La sentencia reconoció que existieron obstáculos para que los demandados ejercieran plenamente su defensa. No obstante, también interpretó que la falta de respuesta dentro de los plazos procesales podía ser considerada como un reconocimiento de los hechos expuestos por la Municipalidad de Alto Río Senguer. Ese punto es uno de los aspectos que la pareja pretende revisar en la apelación.

Una cabaña levantada a mano en una zona sin servicios

Rodolfo, que trabajó como albañil, construyó la vivienda prácticamente sin ayuda externa. La cabaña tiene una superficie aproximada de siete metros por siete, carece de divisiones tradicionales y cuenta con un entrepiso destinado a los dormitorios. En el centro posee un fogón de inspiración alemana, rodeado por estructuras metálicas y un sistema pensado para soportar las bajas temperaturas de la región.

La adaptación al clima fue una parte esencial de la obra. La pareja instaló cañerías a varios metros de profundidad para reducir el riesgo de congelamiento del agua, colocó un tanque biodigestor y utiliza un generador a combustible durante algunos momentos del día. La calefacción depende de una estufa rusa y la cocina se realiza con leña, lo que obliga a mantener una rutina permanente de corte, almacenamiento y administración del combustible.

La vida cotidiana está marcada por la distancia y la ausencia de servicios convencionales. Calentar agua, conservar alimentos, mantener el invernadero y despejar los accesos requieren tiempo y esfuerzo. También deben enfrentar caminos que pueden quedar bloqueados por nieve, árboles caídos o acumulación de barro. Para la pareja, esas tareas no son parte de una experiencia turística, sino el modo de vida que eligieron después de su jubilación.

El trabajo cotidiano que la pareja atribuye a su permanencia

Sandra y Rodolfo afirman que, desde su llegada, mejoraron una huella que antes resultaba casi intransitable, retiraron residuos dejados por visitantes y apagaron fogones que podían generar incendios. También despejaron tramos del camino y construyeron un muelle. Su argumento es que esas actividades contribuyeron al uso y al cuidado del área, incluso cuando no recibían una remuneración.

La pareja sostiene que originalmente consultó al municipio y que les ofrecieron colaborar en el mantenimiento del camping y de las bahías a cambio de poder vivir en las proximidades. Según su versión, la propuesta debía ser analizada por los concejales. El conflicto posterior, sin embargo, derivó en una discusión sobre si existió una autorización válida, quién tenía la posesión del suelo y cuáles eran los límites exactos del espacio involucrado.

La discusión por los límites del terreno y las tierras fiscales

Uno de los ejes centrales de la apelación es la precisión catastral del inmueble. La demanda municipal identifica el sector como el Lote 14 de la Fracción A, Sección G III, en el paraje Bahía Laguito Escondido, sobre la costa del lago La Plata. La defensa afirma que no existirían registros cartográficos suficientemente claros para establecer dónde comienza y termina el ejido municipal, ni para determinar con exactitud cuáles son las tierras fiscales mencionadas en la normativa provincial.

La sentencia, en cambio, concluyó que la identificación y la ubicación del lugar eran suficientemente precisas. El fallo entendió que el municipio ejercía la posesión efectiva de los inmuebles desde su conformación como unidad política, a través de la regulación del uso de la tierra, la construcción de campings y cabañas y la presencia de instalaciones vinculadas con el control del área.

La diferencia entre ambas posiciones no es menor. En conflictos sobre terrenos alejados, la delimitación física y registral puede definir quién está habilitado para reclamar la restitución. También determina si una construcción se encuentra en una propiedad privada, en un espacio fiscal o dentro de un área bajo administración municipal. Para los ocupantes, la falta de un mapa claro puede generar incertidumbre; para el Estado, la posesión histórica y la gestión del territorio pueden constituir elementos relevantes.

El dato registral que incorporó una empresa privada al expediente

Durante el proceso apareció otro elemento controvertido. La Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble informó que el lote mencionado en la causa figura inscripto a nombre de Don José Moisés SRL, una sociedad vinculada con la actividad ganadera y la producción de lana. La defensa de la pareja sostiene que, si el inmueble fuera efectivamente privado, el municipio podría no tener legitimidad para reclamar la restitución de todo el sector.

El tribunal analizó esa situación y consideró que la empresa ocuparía únicamente una parte del lote, ubicada hacia el sector sur. De acuerdo con esa interpretación, el área donde se encuentra la cabaña quedaría fuera de la superficie privada y correspondería al dominio fiscal. La sentencia sostuvo que el terreno excedente debía ser considerado público, aunque la pareja cuestiona la forma en que se estableció esa división.

La discusión también refleja una problemática frecuente en zonas rurales y cordilleranas: la coexistencia de registros antiguos, límites administrativos difíciles de identificar y ocupaciones que se desarrollan durante años sin documentación completa. En esos casos, una familia puede construir, mantener un acceso y vivir de manera estable en un sitio sin contar con un título de propiedad ni con un permiso formal que resista una controversia judicial.

Una disputa más amplia por el uso turístico de la Patagonia

Sandra y Rodolfo aseguran que no son los únicos que tienen construcciones en la zona. Mencionan la existencia de otros campings, cabañas y sectores de acceso restringido, algunos vinculados con particulares o con personas relacionadas con la administración local. Esas afirmaciones forman parte de su planteo sobre un supuesto trato desigual, aunque deberán ser acreditadas dentro del expediente para que puedan tener consecuencias jurídicas.

El municipio, por su parte, sostiene que administra el territorio y que cuenta con antecedentes de regulación, concesiones e instalaciones destinadas al turismo y al control de guardaparques. El caso expone así una tensión entre dos formas de entender el desarrollo de un área natural: una basada en la gestión pública del suelo y otra apoyada en la permanencia de pobladores que realizan tareas de cuidado y prestan servicios informales.

El lago La Plata se encuentra en un entorno de gran aislamiento, con condiciones climáticas exigentes y una infraestructura limitada. En ese contexto, la presencia permanente de habitantes puede contribuir a advertir sobre incendios, residuos o daños en los caminos, pero también puede generar conflictos si no existe una autorización escrita, una concesión definida o un régimen claro para las construcciones.

Qué puede ocurrir mientras la Cámara analiza la apelación

La pareja todavía no fue retirada de la cabaña y aguarda la revisión de la sentencia. La apelación abre una nueva instancia para presentar documentación y argumentos que, según sus representantes, no pudieron incorporarse adecuadamente durante el juicio inicial. Entre los puntos relevantes estarán la delimitación del lote, la titularidad registral, el alcance de las facultades municipales y las condiciones en las que Sandra y Rodolfo llegaron al lugar.

El resultado no depende únicamente de la antigüedad de la ocupación. Haber vivido allí durante más de diez años y haber realizado mejoras puede ser importante para describir la situación, pero no necesariamente reemplaza un título de propiedad o una autorización formal. Del mismo modo, una inscripción registral puede no resolver por sí sola el conflicto si existe una superposición con terrenos fiscales o si los límites del inmueble no están correctamente establecidos.

Para la pareja, un desalojo tendría consecuencias materiales y emocionales difíciles de revertir. La construcción fue diseñada para ese clima y trasladarla no sería sencillo. Además, buena parte de sus instalaciones, como el sistema de agua, el biodigestor, el fogón y las conexiones subterráneas, fueron realizadas específicamente para ese terreno. Desarmar la vivienda podría significar perder años de trabajo.

El caso del lago La Plata y sus implicancias para la visibilidad orgánica local

La repercusión pública del conflicto también puede modificar la forma en que empresas, municipios y prestadores turísticos comunican el uso de territorios alejados. Las personas que buscan información sobre el lago La Plata, Alto Río Senguer o alternativas de turismo rural encontrarán cada vez más contenidos vinculados con accesos, permisos, propiedad de la tierra y condiciones de permanencia.

Para los negocios digitales de la región, esto vuelve especialmente importante ofrecer información comprobable sobre quién administra un camping, qué sectores son de acceso público, qué autorizaciones se requieren y cuáles son las condiciones de los caminos. Una comunicación imprecisa puede generar expectativas equivocadas en visitantes, inversores o familias interesadas en instalarse. En cambio, los datos claros sobre habilitaciones, servicios y límites territoriales ayudan a reducir conflictos y consultas mal orientadas.

El caso también puede impulsar una mayor demanda de información sobre turismo responsable, ocupación de tierras fiscales y protección de ambientes naturales. Los emprendimientos que trabajen con hospedaje, excursiones o servicios para viajeros deberán diferenciar con claridad una visita turística de una autorización para construir o residir. Esa distinción resulta central en zonas donde el paisaje atrae inversiones, pero la infraestructura y la regulación todavía pueden ser fragmentarias.

Mientras el expediente continúa en revisión, Sandra y Rodolfo permanecen en la cabaña que levantaron junto al lago. Su reclamo se concentra en conservar el lugar que consideran propio, pero el proceso también obliga a discutir cómo se delimitan las tierras públicas, qué derechos tienen quienes ocupan un espacio durante años y qué responsabilidades deben asumir las autoridades al otorgar permisos o administrar áreas de interés turístico.

La decisión de la Cámara será determinante para saber si la pareja puede continuar con su vida en el paraje o si deberá abandonar una vivienda construida con sus propias manos. Hasta entonces, el caso seguirá pendiente entre la defensa de un proyecto familiar, la administración municipal del territorio y la necesidad de contar con reglas claras para quienes viven o desarrollan actividades en la Patagonia.

Fuente original: Clarín.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Por qué ordenaron el desalojo de la pareja en Chubut?

La Justicia civil ordenó restituir el terreno luego de analizar una demanda presentada por la Municipalidad de Alto Río Senguer. El fallo consideró que el municipio ejercía la posesión del área y que la identificación del lugar era suficiente. La pareja cuestiona esa interpretación y sostiene que existen dudas sobre los límites y la titularidad del inmueble.

¿La pareja fue condenada también en una causa penal?

No. Según la información difundida sobre el expediente, Sandra Morales y Rodolfo Hakl fueron absueltos en la causa penal. El resultado desfavorable correspondió al proceso civil, donde se dispuso la restitución del terreno. La diferencia entre ambos procedimientos es uno de los motivos por los que decidieron apelar la resolución.

¿Quién figura como titular registral del lote discutido?

El Registro de la Propiedad Inmueble informó que el lote identificado en el expediente aparece inscripto a nombre de Don José Moisés SRL, una empresa relacionada con la cría de ganado bovino y la producción de lana. El tribunal entendió que esa propiedad abarcaría solo una parte del área, mientras que el sector restante sería fiscal.

¿Qué construyeron los jubilados en el lugar?

Rodolfo levantó una cabaña de aproximadamente siete por siete metros, con un entrepiso, un fogón, instalaciones de agua protegidas contra el congelamiento, un tanque biodigestor y un generador. La vivienda fue adaptada a un ambiente sin servicios convencionales y con temperaturas extremas, por lo que su traslado resultaría complejo.

Seguí leyendo

Explorá más notas y secciones de Noticias Web Argentina.

Directorio

Clientes & aliados

Marcas y proyectos que confían en Noticias Web Argentina.