La ley de alquileres perdió estado parlamentario en el Congreso Nacional

Finalmente la tan esperada ley de alquileres no formó parte del temario de las sesiones extraordinarias del año pasado, y por ello la ley perdió estado parlamentario.

La falta de acuerdo entre los sectores provocó que la ley no haya sido sancionada el año pasado, y no hay muchas expectativas respecto a que forme parte de las discusiones parlamentarias del presente año.

La ley de alquileres había obtenido media sanción hace dos años en el Congreso Nacional, presentación que había hecho la Senadora por el FPV Silvina García Larraburu.

A partir de dicha media sanción, se elaboró el proyecto que fue presentado el año pasado, con propuestas de la banca del PRO de la mano del Diputado Daniel Lipovetsky, y directivas de Casa Rosada.

Dicho proyecto obtuvo dictamen favorable en la Comisión de Legislación Nacional el pasado 16 de octubre, pero las diferencias entre los distintos actores postergaron la discusión y el año parlamentario que se inicia determinará la pérdida del estado parlamentario de la ley nacional de alquileres.

Cabe recordar que el puntapié inicial lo dio la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuando dictó su ley de alquileres, una ley muy esperada desde las organizaciones de defensa de los derechos de los inquilinos. La piedra angular de dicha ley es el pago de las comisiones por parte de los propietarios de los inmuebles locados, y no por los inquilinos. Esto desató el descontento del sector inmobiliario, cámaras inmobiliarias y propietarios. Cuando se planteó la ley de alquileres en el orden nacional, la normativa sumó más derechos tuitivos de los locatarios, y esto sumó más descontento de un lado y alegría del otro.

A continuación, algunos de los puntos más salientes de la ley nacional de alquileres, que cuenta con media sanción:

Período: el plazo actual de locación es de 2 años. La ley de alquileres pretende subir el plazo a 3 años, para otorgar mayor previsibilidad a los inquilinos.

Actualización: a pesar de que la ley actual prohíbe la indexación, con la creciente inflación es costumbre que los locadores establezcan actualizaciones por inflación. La ley de alquileres establece una actualización cada seis meses, sobre una base de estimación entre inflación y variación salarial.

Garantías: la ley de alquileres amplía el espectro para que no solo sean exigidas garantías propietarias, sino que sean aceptados recibos de sueldo, certificados de ingreso o garantías bancarias.

Extras: las comisiones inmobiliarias por el alquiler y las expensas extraordinarias estarán a cargo exclusivamente del propietario.

Ganancias: los contratos serán registrados para evitar la invasión impositiva, y a los fines que el inquilino pueda descargar ganancias.

Fuente: https://www.dagostinoferrari.com.ar/noticias-rosario-argentina-y-mundo/1820/la-ley-de-alquileres-perdio-estado-parlamentario-en-el-congreso-nacional.html