Exigirán factura electrónica obligatoria en materia de venta y alquiler de departamentos en Rosario

La medida se llevará a cabo a nivel nacional y sin excepciones, según las disposiciones de la AFIP, por medio de una resolución ya vigente, donde se explicarán los pasos a seguir para realizar este tipo de operaciones electrónicas.

¿Cuando entró en vigencia esta resolución para el alquiler de departamentos?

Esta nueva reglamentación entró en vigencia a partir del pasado 3 de marzo del presente año y, en ella se estipula que todos los arrendadores de departamentos, casas o inmobiliarias que administren el alquiler y venta de inmuebles, estarán sujetos a emitir de forma obligatoria las respectivas facturas de tipo B o C tras el cobro de la renta.

¿Cómo afecta esta media a la localidad de Rosario?

La medida se aplicará de forma gradual en todo el país, en el caso de la ciudad de Rosario, ésta no se distinguirá mucho de la forma en que se ha efectuado hasta el momento en otras ciudades del territorio argentino.

De acuerdo a las autoridades pertinentes de Rosario, esta resolución lejos de representar un problema o carga burocrática innecesaria, resultará muy provechosa para garantizar el cumplimiento equitativo de todo contrato de arrendamiento, además de ser otra referencia que revalorizará las viviendas y departamentos en la región porteña.

La medida respecto al tratamiento impositivo

Los alquileres tendrán el siguiente tratamiento para los dueños de los inmuebles:

  • Para contribuyentes del régimen general: alquileres de departamentos con fines de vivienda estarán exentos de impuestos, no así los alquileres comerciales y turísticos. (Estos últimos solo si superan los 1.500 $ al mes).
  • Monotributistas: los importes cobrados por alquileres se podrán incluir dentro del régimen simplificado, teniendo en cuenta el importe, a los efectos del encuadre de las categorías o para exclusión del monotributo. No se considerarán los metros de la vivienda para establecer la modalidad mensual de pago, pero sí se permitiorá la convivencia de esta actividad con dos unidades de negocio (alquiler y comercio simultáneos).
  • Ingresos brutos: en la ciudad autónoma de Buenos Aires el importe mensual que no supere los 2.700 $, se exonerará hasta dos unidades de impuestos. Mientras que en la provincia de Buenos Aires se encuentra exento el alquiler de un solo inmueble en caso de que no arribe los 10.695 $. (Consultar páginas oficiales del AFIP sobre cada localidad).

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