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Imputan en Rosario a una partera por presunta supresión de identidad

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La Justicia Federal de Rosario imputó a una partera de 88 años por la presunta falsificación de un certificado de nacimiento y la supresión de identidad de una mujer nacida en 1970. La investigación también analiza denuncias de otras cinco posibles víctimas.

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La Justicia Federal de Rosario imputó a una partera de 88 años por la presunta supresión de identidad de una mujer nacida en 1970 y por haber incorporado datos falsos en un certificado de nacimiento. La investigación sostiene que la acusada, cuando trabajaba en el Hospital Roque Sáenz Peña, habría separado bebés de sus madres biológicas y facilitado entregas mediante documentación oficial irregular.

La Justicia Federal de Rosario formalizó una investigación contra una expartera de 88 años acusada de haber intervenido en la alteración de la identidad de una mujer nacida en 1970. El expediente analiza la presunta confección de un certificado de nacimiento con datos falsos sobre la filiación de la niña y posibles hechos similares ocurridos durante el período en que la imputada trabajó en el área de maternidad del Hospital Roque Sáenz Peña.

Para ampliar el marco general del tema, conviene revisar también esta supresión de identidad en Rosario como referencia de contexto.

La imputación fue presentada por la fiscal federal Soledad García, integrante de la Oficina de Criminalidad Económica y Trata de Personas del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario. La audiencia se realizó ante el juez de Garantías Eduardo Rodrigues Da Cruz, quien rechazó el planteo de prescripción formulado por la defensa y tuvo por formalizada la investigación.

De acuerdo con la información difundida por el medio rosarino El Ciudadano, el caso comenzó a partir de la denuncia presentada por una mujer identificada con las iniciales C.E.M.Q. La denunciante había sospechado durante años que la información incluida en su partida de nacimiento no coincidía con su historia familiar y finalmente obtuvo una prueba genética que descartó el vínculo biológico con quien figuraba como su madre.

supresión de identidad en Rosario: La imputación por la identidad de una mujer nacida en 1970

Según la acusación fiscal, la partera habría certificado que E.A.Q. y A.T.B., ambos fallecidos, eran los padres biológicos de una beba que luego fue inscripta en el Registro Civil como C.E.M.Q. La documentación habría consignado que el nacimiento se produjo en el Hospital Roque Sáenz Peña, aunque la investigación busca determinar las circunstancias reales del parto, la filiación y la posterior inscripción.

La conducta fue encuadrada provisoriamente en los delitos de supresión y alteración del estado civil y de la identidad de una menor de diez años, previstos en el artículo 139 del Código Penal, y falsedad ideológica de instrumento público, contemplada en el artículo 293. La calificación puede modificarse a medida que avance la recolección de pruebas y se incorporen nuevos testimonios o peritajes.

Para la fiscalía, no se trataría de un simple error registral ni de una irregularidad administrativa. La incorporación de información falsa en un documento público habría producido efectos jurídicos que permanecieron durante décadas: determinó quiénes aparecían como progenitores, condicionó la historia familiar de la víctima y dificultó el acceso a sus datos de origen.

Una partida de nacimiento bajo análisis judicial

La denunciante relató que durante mucho tiempo tuvo dudas sobre su procedencia biológica. En 2012, según la investigación, pidió a la persona que figuraba como su madre en el acta que se realizara un examen de ADN. El resultado indicó que no existía vínculo biológico entre ambas, con una probabilidad de parentesco informada como 0,0 por ciento.

La mujer también habría recibido, antes del fallecimiento de su madre de crianza, información sobre una posible fecha de nacimiento cercana al 27 de diciembre de 1969. Sin embargo, la partida habría sido confeccionada el 9 de enero de 1970 y habría ubicado el nacimiento en el hospital rosarino. Esa diferencia temporal forma parte de los elementos que la fiscalía procura reconstruir junto con el origen de la niña y la intervención de las personas que participaron de la inscripción.

El expediente también recoge el relato de una tía de la denunciante, quien habría confirmado que dentro de la familia existieron silencios y amenazas para evitar que se conociera el origen de la niña. La investigación deberá establecer el alcance de esas versiones, identificar a las personas que pudieron haber tenido conocimiento de la maniobra y determinar si hubo pagos o acuerdos destinados a concretar la entrega.

La fiscalía investiga otros cinco casos vinculados

Además del caso que dio origen al expediente, la Unidad Fiscal Rosario analiza denuncias de otras cinco personas que aseguran haber sufrido la supresión de su identidad. Una de ellas habría sido criada como hija de la propia imputada y es conocida por el apodo de “Dolly”. Para establecer si existe un vínculo biológico, el juez autorizó la extracción compulsiva de ADN de la acusada.

La fiscal Soledad García sostuvo durante la audiencia que los hechos investigados podrían haber ocurrido de manera sistemática entre 1968 y 1980. La hipótesis es que la partera habría separado bebés de sus madres biológicas y los habría entregado a otras familias a cambio de dinero. Por ahora, se trata de una línea de investigación que deberá ser corroborada mediante documentos, testimonios, estudios genéticos y otros elementos de prueba.

La amplitud temporal del expediente plantea dificultades concretas. Parte de las personas involucradas puede haber fallecido, los registros pueden presentar deterioro o modificaciones y los recuerdos de quienes fueron niños en ese período pueden estar atravesados por el paso de los años. A la vez, la persistencia de partidas, libros hospitalarios, archivos del Registro Civil y documentación familiar puede aportar datos relevantes para reconstruir cada historia.

La investigación no presume que todos los casos tengan la misma mecánica ni que las denuncias conduzcan necesariamente a una responsabilidad penal. Cada situación deberá ser examinada de forma individual, con especial atención a la correspondencia entre las fechas, los domicilios, los nacimientos registrados, los relatos familiares y los resultados de ADN.

Por qué la extracción de ADN resulta central en la causa

La prueba genética puede aportar una respuesta objetiva en investigaciones sobre identidad de origen, aunque no resuelve por sí sola todo el contexto de una posible apropiación o inscripción irregular. Un resultado de parentesco puede confirmar o descartar vínculos biológicos, pero la Justicia también debe establecer quién produjo la documentación, qué información conocía cada persona y si existió una conducta deliberada.

El juez Rodrigues Da Cruz consideró que la extracción de ADN no vulnera las garantías de la acusada ni implica obligarla a declarar contra sí misma. La medida fue vinculada con el derecho de las posibles víctimas a conocer su identidad y con la necesidad de determinar si existe una relación biológica con alguna de las personas denunciantes.

En este tipo de causas, los estudios genéticos pueden abrir nuevas líneas de búsqueda. Si se confirma un parentesco, la fiscalía puede orientar la investigación hacia la familia biológica, revisar documentación histórica y comparar los datos con otros testimonios. Si el resultado es negativo, también puede ser relevante para descartar una hipótesis y evitar que una sospecha se transforme en una conclusión sin respaldo.

El acompañamiento de las personas damnificadas está a cargo del Área de Atención a las Víctimas de la Unidad Fiscal Rosario, dirigida por el fiscal Andrés Montefeltro. La intervención busca brindar asistencia durante las entrevistas y evitar que quienes denuncian deban repetir innecesariamente experiencias personales vinculadas con la separación familiar y la incertidumbre sobre sus orígenes.

El debate sobre la prescripción y los efectos que continúan

La defensa planteó que la acción penal podía estar prescripta por el tiempo transcurrido desde los hechos. El magistrado rechazó ese argumento y consideró que se investiga un delito continuado, cuyos efectos todavía permanecerían mientras no se establezca la identidad de las víctimas.

La discusión tiene una importancia particular en casos ocurridos varias décadas atrás. La falsificación o alteración de una partida no produce solamente un efecto en el momento de su confección: puede incidir durante toda la vida en el acceso a la historia familiar, la atención médica, la nacionalidad, los derechos sucesorios y la posibilidad de conocer antecedentes biológicos relevantes.

La existencia de consecuencias actuales no significa que toda denuncia antigua quede automáticamente fuera de los límites temporales del proceso penal. La decisión sobre la prescripción depende de la calificación jurídica, de la modalidad concreta del hecho y de la interpretación judicial aplicable. En este expediente, el juez entendió que la falta de esclarecimiento de la identidad mantiene vigente una afectación que no habría terminado.

El principio de presunción de inocencia continúa vigente para la imputada. La formalización de la investigación permite avanzar con medidas probatorias, pero no equivale a una condena. El proceso deberá definir si los hechos existieron, cuál fue la participación concreta de la acusada y qué responsabilidad corresponde, si la hubiera.

Las medidas impuestas a la expartera de Rosario

El juez dispuso medidas cautelares que no implican prisión preventiva. La imputada deberá someterse al proceso y presentarse cada quince días ante la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal. También se ordenó la entrega de su pasaporte y la prohibición de salir del país.

Además, se estableció que no podrá mantener contacto con las víctimas y que deberá informar cualquier cambio de domicilio. Estas restricciones buscan asegurar su sujeción al expediente, evitar posibles interferencias con los testimonios y preservar el desarrollo de la investigación mientras se realizan pericias y se analizan nuevas denuncias.

La edad de la acusada, la naturaleza de los hechos y el tiempo transcurrido son factores que deberán ser considerados por el tribunal en las próximas etapas. Al mismo tiempo, la investigación debe garantizar que las personas que buscan conocer su origen puedan participar con protección, información clara y acceso a asistencia especializada.

Qué puede aportar la comunidad a la búsqueda de información

La fiscalía puso a disposición el correo atencionvictimas-ros@mpf.gov.ar para recibir información relacionada con los hechos investigados y atender consultas de posibles damnificados. El canal está destinado a quienes puedan aportar datos o necesiten orientación, no a reemplazar una evaluación judicial o genética.

Una persona que sospeche que su identidad fue alterada debería reunir, en la medida de lo posible, partidas de nacimiento, libretas familiares, documentos hospitalarios, cartas, fotografías, datos de familiares y cualquier referencia sobre fechas o lugares de nacimiento. También resulta importante evitar acusaciones públicas sin pruebas, preservar los documentos originales y consultar a organismos oficiales o profesionales especializados antes de realizar gestiones que puedan afectar la investigación.

La reconstrucción de historias de identidad requiere combinar fuentes. Los relatos familiares pueden ser valiosos, pero deben contrastarse con registros civiles, archivos sanitarios, pruebas genéticas y otros documentos. En situaciones de alta carga emocional, el acompañamiento psicológico y jurídico puede ayudar a ordenar la información y tomar decisiones sin exponer innecesariamente a las personas involucradas.

El caso y la visibilidad de los derechos de identidad

La investigación de Rosario puede aumentar la atención sobre la necesidad de conservar y consultar documentación histórica relacionada con nacimientos, filiaciones y registros hospitalarios. Para organizaciones, estudios jurídicos y entidades que trabajan con derechos humanos, la existencia de varias denuncias en un mismo ámbito exige mecanismos cuidadosos de recepción, protección de datos y derivación institucional.

Desde el punto de vista de la información pública, las noticias sobre identidad deben difundirse con precisión. Los medios y las instituciones tienen que distinguir entre una imputación, una hipótesis fiscal y una sentencia, proteger los datos sensibles de las víctimas y evitar la publicación de detalles que puedan exponerlas a daños adicionales. La visibilidad puede facilitar que aparezcan nuevos testigos, pero también puede generar rumores o presiones sobre quienes todavía no decidieron denunciar.

Para las personas que buscan respuestas, el dato más importante es que el proceso continúa abierto y que la prueba genética autorizada puede aportar elementos decisivos. La causa deberá avanzar con prudencia, respetando las garantías de todas las partes y dando prioridad al esclarecimiento de las identidades afectadas. Mientras tanto, la posibilidad de que existan más historias vinculadas vuelve esencial que quienes tengan información recurran a los canales oficiales de la Unidad Fiscal Rosario.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Por qué fue imputada la partera de Rosario?

La fiscalía la acusa de haber confeccionado en 1970 un certificado de nacimiento con datos falsos sobre la filiación de una niña. La investigación analiza los delitos de supresión y alteración del estado civil y de la identidad, además de falsedad ideológica de instrumento público.

¿Cuántas posibles víctimas analiza la investigación?

Además de la mujer cuya denuncia originó el expediente, la Unidad Fiscal Rosario investiga denuncias de otras cinco personas. Una de ellas habría sido criada como hija de la propia imputada. La existencia y el alcance de cada caso todavía deben ser corroborados mediante pruebas.

¿Por qué se autorizó una extracción compulsiva de ADN?

El juez autorizó la medida para determinar si existe un vínculo biológico entre la imputada y alguna de las personas que denunciaron una posible supresión de identidad. Consideró que la diligencia puede contribuir al derecho de las víctimas a conocer su origen y no equivale a una declaración contra la acusada.

¿La imputación significa que la partera ya fue condenada?

No. La imputación y la formalización habilitan el avance de la investigación, pero no implican una condena. La fiscalía deberá reunir pruebas y demostrar los hechos en las etapas correspondientes, mientras la acusada conserva la presunción de inocencia y las garantías del debido proceso.

¿Dónde puede comunicarse una posible víctima o un testigo?

La Unidad Fiscal Rosario informó el correo atencionvictimas-ros@mpf.gov.ar para recibir información vinculada con los hechos investigados o brindar asistencia a posibles damnificados. Antes de difundir acusaciones públicamente, es recomendable preservar la documentación disponible y utilizar los canales oficiales.

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