Verificación periódica anual inti. Ley 19.511

Verificación anual ante el Inti Buenos Aires

La ley 19.511 de Metrología Legal es aquella que dispone el Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA), y dispone la obligatoriedad de la verificación periódica anual ante el Inti.

La Metrología Legal se ocupa de verificar la observancia de reglamentos técnicos y legales en lo referente a las unidades de medida, los métodos y procedimientos de medición, los instrumentos de medir y las unidades materializadas. Está dirigida a garantizar la corrección y equidad en las transacciones comerciales, protección de la salud, el medio ambiente y la seguridad pública.

Dicha ley en su art. 6 establece que “se tendrá por comprendido dentro de la denominación genérica de instrumento de medición todo aparato, medio o elemento que sirva para contar o determinar valores de cualquier magnitud.”

A su vez, en su art. 8 dispone que “es obligatorio para los fabricantes, importadores o representantes someter a la aprobación de modelo y a la verificación primitiva todo instrumento de medición reglamentado por imperio de esta ley. Únicamente serán admitidos a la verificación primitiva los instrumentos de medición cuyo modelo haya sido aprobado.”

También el art. 9 es de vital relevancia, al establecer que “es obligatoria la verificación periódica y vigilancia de uso de todo instrumento de medición reglamentado que sea utilizado en:

a) transacciones comerciales;

b) verificación del peso o medida de materiales o mercaderías que se reciban o expidan en

toda explotación comercial, industrial, agropecuaria o minera;

c) valoración o fiscalización de servicios;

d) valoración o fiscalización del trabajo realizado por operarios;

e) reparticiones públicas;

f) cualquier actividad que, por su importancia, incluya la reglamentación.”

Además, desde el art. 18 hasta el 22 dicha ley expresa: “los fabricantes, importadores, vendedores, reparadores o instaladores de instrumentos de medición están obligados a inscribirse como tales. Las condiciones, forma, plazo y lugar de inscripción y las causales de suspensión o exclusión del registro respectivo, serán fijados por la reglamentación.

Toda persona física o jurídica que tuviere que hacer uso de instrumentos de medición en el ejercicio de su oficio, comercio, industria o profesión u otra forma de actividad, deberá proveerse de los instrumentos necesarios y adecuados y mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento conforme a las especificaciones y tolerancias que correspondan al modelo aprobado.

La reglamentación determinará su tenencia y uso obligatorio, de acuerdo con actividades y categorías.

No se podrá tener por ningún título ni disponer en cualquier forma, de instrumentos de medición reglamentados que no hayan sido sometidos a la verificación primitiva.

Todos los tenedores y usuarios de instrumentos de medición sujetos a fiscalización periódica y vigilancia de uso deberán registrarse en las oficinas de contraste periódico de su jurisdicción, en la forma y tiempo que se reglamente. El contraste periódico de los instrumentos de medición se llevará a cabo en el lugar donde se encuentren o se utilicen.

Cuando conviniere para el mejor cumplimiento del servicio, y la clase de los instrumentos lo

permita, podrá exigirse su presentación en la oficina de contraste correspondiente, a costa de sus

tenedores responsables.

Latorre Pesaje ofrece el servicio de verificación anual ante el Inti Buenos Aires, encargándose de los trámites y gestiones ante dicho ente tanto de manera previa como con posterioridad. Dicho servicio incluye:

  • Verificación previa, ajuste y revisión de todos los componentes críticos.
  • Ensayos de acuerdo a los procedimientos establecidos.
  • Sistema propio de tractor, autoelevador, semi especial y pesas patrón certificadas.
  • Elementos necesarios para que el cliente no tenga que proveer nada.
  • Pesas patrón certificadas para el 100 % de las pruebas y ensayos.
  • Stock exclusivo de repuestos para atenciones de urgencia.
  • Grandes bonificaciones por integración a programa de servicios regionales.